«302 Ley de Pensilvania sobre Rehabilitación de Drogas por Orden Involuntaria y Rehabilitación de Drogas por Orden judicial
Ley de Pensilvania para la rehabilitación de drogas ordenada por la corte y evaluación, internamiento y tratamiento involuntarios para trastornos de salud mental en ambos para pacientes hospitalizados y ambulatorios. La Sección 302 de Pensilvania es una orden para iniciar una evaluación de salud mental involuntaria en el estado de Pensilvania.
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302 Orden de compromiso involuntario de Pensilvania
La Sección 302 de Pensilvania se refiere al estatuto que establece la evaluación de salud mental involuntaria en el estado de Pensilvania para personas que son peligrosas para ellos mismos o para otros debido a una enfermedad mental, estableciendo así el marco legal para la presentación de una petición para iniciar el proceso. Peligroso se determina con base en los siguientes criterios:
- El peligro para uno mismo se demostrará estableciendo que dentro de los 30 días anteriores:
- la persona que Sería incapaz de satisfacer su necesidad de alimentación, cuidado personal o médico, refugio o autoprotección o seguridad sin el cuidado, la supervisión y la ayuda de otros, y que la muerte o el debilitamiento físico grave ocurriría dentro de los 30 días a menos que se le brindara tratamiento;
- la persona ha intentado suicidarse o ha hecho amenazas de suicidio y ha cometido actos en cumplimiento de las amenazas; o
- la persona se ha mutilado a sí misma o la persona ha hecho amenazas de mutilación y ha cometido actos en apoyo de las amenazas.
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El peligro para los demás se demostrará estableciendo que dentro de los 30 días anteriores la persona ha infligido o intentado infligir daño corporal grave a otra persona o ha amenazado con daño corporal grave y ha cometido actos en apoyo de la amenaza a cometer daño a otro.
Debido a que este compromiso es involuntario puede requerir la asistencia de familiares, profesionales de crisis, policía, ambulancia y cualquier otra persona involucrada en la crisis.
En cada 302 , se requiere que un peticionario firme el formulario 302 y comparezca en una audiencia, si es necesario. Un peticionario debe tener conocimiento de primera mano de la conducta peligrosa y estar dispuesto a ir a una sala de emergencias oa la Oficina de Salud del Comportamiento (OBH), ubicada en One Smithfield Street, para firmar el formulario 302.
Es posible que se le solicite al peticionario que testifique en una audiencia sobre la conducta peligrosa que presenció. Un oficial de policía o un médico tiene la autoridad para iniciar un 302 sin la autorización previa del delegado de OBH.
Una vez que se autoriza un 302, la policía o una ambulancia llevarán al individuo a una sala de emergencias para un evaluación por parte de un médico para determinar si necesitan ser admitidos para tratamiento psiquiátrico involuntario como paciente hospitalizado. Si la persona es admitida, no pueden permanecer encerrados por más de 120 horas, a menos que el hospital presente una solicitud de 303, Tratamiento involuntario de emergencia extendido.
Existen leyes estatales para respaldar el tratamiento involuntario ordenado por la corte Sin embargo, una planificación cuidadosa con un enfoque unificado es esencial para utilizar con éxito las leyes y aumentar significativamente el pronóstico a largo plazo para la recuperación de su ser querido. Aunque no brindamos asesoramiento legal, brindamos servicios para ayudar a respaldar el proceso de recuperación para todos los afectados por enfermedades mentales y abuso de sustancias en todo el estado de Pensilvania.
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