El derecho del mar
De acuerdo con la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (UNCLOS), que entró en vigor en 1994, la plataforma continental que fronteras La costa de un país se considera una continuación del territorio terrestre del país. Los países costeros tienen derechos exclusivos sobre los recursos ubicados dentro de la plataforma continental, que legalmente se define como el lecho marino hasta aproximadamente 370 km (200 millas náuticas) desde la costa o hasta el borde exterior del margen continental, lo que esté más lejos, sujeto a una límite de unos 650 km (350 millas náuticas) de la costa o unos 185 km (100 millas náuticas) más allá de la isóbata de 2500 metros (8.200 pies), o línea que conecta puntos iguales de profundidad del agua. Un país con una plataforma continental que se extiende más allá de las 200 millas náuticas desde su costa tiene 10 años a partir de la fecha en que ratificó la CONVEMAR para presentar una reclamación sobre la parte de la plataforma que se encuentra más allá del límite de las 200 millas náuticas. En la primera década del siglo XXI, varios países con costas árticas hicieron reclamos competitivos sobre las regiones de la plataforma continental extendida dentro del Océano Ártico.